En Quito, la licencia para intervenciones mayores se llama LMU-20. Los planos estructurales los revisa una Entidad Colaboradora, no el propietario en un mostrador, y la memoria de cálculo entra solo en los casos que esa entidad publica. El municipio autoriza la obra cuando el certificado de conformidad y el resto de requisitos están completos. Esta guía separa las dos cosas y copia esos umbrales.
Qué es la LMU-20
La ficha oficial en gob.ec define la Licencia Metropolitana Urbanística LMU-20 de intervenciones mayores como el acto con el que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito autoriza el inicio de la intervención, de acuerdo con los certificados de conformidad. Incluye obra nueva, reconstrucción, sustitución y ampliación, además de ciertas demoliciones y de las obras de consolidación estructural.
Los requisitos obligatorios que esa ficha enumera son:
- Número de predio.
- Administración zonal del predio.
- Certificados de conformidad arquitectónico y estructural (eléctrico e hidrosanitario) otorgados por la Entidad Colaboradora.
- Contrato con la EPMGIRS o con otra entidad autorizada para la disposición de tierras y escombros.
- Tipo de proyecto: nuevo, ampliatorios o modificatorio.
- Correo del administrado.
- Comprobante del formulario de Estadísticas de Edificaciones (ESED).
Como requisito especial, si el proyecto supera 500 m², pide el certificado de visto bueno de planos del Cuerpo de Bomberos del Distrito Metropolitano. Si el trámite no lo hace el propietario, pide autorización o poder. El costo que publica la ficha es “tasa administrativa”, sin un valor en dólares en el texto consultado. No inventamos esa tasa.
Hay otra ficha de la ECP, en el portal de trámites del Municipio, con código 374: PAM Quito. Si el texto del PAM y el de gob.ec difieren, prevalece el que el municipio esté aplicando al momento de ingresar el expediente.
Qué revisa la ECP en ingeniería
La página de ingeniería de la ECP describe el Certificado de Conformidad para proyectos técnicos de ingeniería estructural como la revisión del proyecto estructural para vivienda, comercio, oficinas, industria u otras tipologías, conforme a la NEC y a las ordenanzas vigentes. Dice expresamente que ese trámite, junto con la certificación arquitectónica, es requisito para la LMU-20.
Los requisitos generales que publica son un formulario de la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, suscrito por el propietario y por el profesional responsable, y planos suscritos con archivos digitales georreferenciados en AutoCAD versión 2004, con la información de la propuesta estructural conforme a la NEC. También pide que las ingenierías eléctricas, hidrosanitarias y de telecomunicaciones vayan validadas por el profesional de cada rama.
Cuándo exige memoria de cálculo
La misma página lo escribe así. La memoria de cálculo estructural se exige en:
- estructuras que excedan los 5,0 m de luz;
- estructuras que superen los 2 pisos o niveles y/o los 500 m² de área bruta de construcción.
Una casa de dos pisos con luces cortas puede caer fuera de esa frase, y un local de un piso con una luz de 6 m cae dentro por la luz. No es “toda casa” ni “solo los edificios altos”. El texto usa “y/o” entre pisos y área. Al armar el expediente, la lectura segura es consultar la ECP con la luz, los niveles y el área bruta del proyecto, no quedarse con una sola de las tres condiciones si el proyecto roza cualquiera de ellas.
El estudio geotécnico, en la misma página, se exige en estructuras que excedan 5,0 m de luz, en excavaciones de más de 3,0 m, en estructuras que superen 2 pisos o niveles y/o 500 m², y en lotes con inestabilidad lateral, pendientes superiores al 30 %, compresibilidad excesiva, expansibilidad de intermedia a alta, o zonas de movimientos en masa, erosión, minería o cuerpos de agua. El detalle de cuándo la NEC pide estudio, más allá de Quito, está en estudio de suelos.
Ampliaciones
Para proyectos ampliatorios, la ECP pide un certificado notariado en el que el profesional avala la documentación de la estructura existente y que soportará la ampliación, salvo que ya existan certificados de conformidad o planos con licencia. Además pide láminas separadas de la estructura existente, de la estructura ampliada y del reforzamiento, si el calculista lo considera necesario. Cita la Resolución AQ-008-2023.
Eso enlaza con el servicio: una ampliación no es un juego de planos de obra nueva. Si no se conoce la estructura existente, el paso previo es la revisión estructural. Si hay que intervenir elementos, el proyecto es de reforzamiento.
El factor Z no lo pone la licencia
La LMU-20 no asigna el factor sísmico. Lo asigna la NEC-SE-DS. En la tabla de poblaciones, parroquias del cantón Quito como Cumbayá, Tumbaco, Calderón, Conocoto, Pomasqui, Nayón y Pifo figuran con Z = 0.40, zona V, amenaza alta. El valor del predio es el de su fila. Lo desarrollamos en diseño sísmico según la NEC y en diseño estructural en Quito.
El certificado de conformidad revisa que el proyecto declare ese diseño. No reemplaza la memoria cuando la ECP la exige, ni reemplaza los planos. Un archivo IFC ayuda a coordinar arquitectura y estructura, como se explica en BIM en estructuras, pero la ECP pide planos en AutoCAD 2004 georreferenciados.
Qué podemos entregar y qué queda en el municipio
Preparamos el diseño estructural del alcance cotizado: modelo, verificaciones, planos y memoria cuando el proyecto la necesita. Ese encargo está en los servicios de diseño estructural para edificaciones. No emitimos el certificado de la ECP —lo emite la entidad colaboradora— ni la LMU-20. Tampoco gestionamos el contrato de escombros ni el ESED como parte estándar. Esos pasos son del propietario o de quien tenga el poder.
El costo del diseño no está fijado en la ficha de la LMU-20. Los rangos que otras oficinas publican para Quito están citados, con fuente, en cuánto cuesta un diseño estructural. Comparar solo el metro cuadrado sin saber si la memoria entra en el precio es comparar expedientes distintos.
En Guayaquil el esquema es otro: Registro de Construcción y cartas notariadas desde tres pisos. Está en permiso de construcción en Guayaquil. No se presenta un proyecto de Quito con los formularios de Guayaquil.
Si el predio está en el Distrito Metropolitano y ya tienes arquitectura, el siguiente paso es revisar luces, niveles y área para saber si la memoria es exigible, y solicitar la cotización de los planos estructurales. Coordinamos desde Cuenca y visitamos cuando el proyecto lo requiere. La página de Ibarra es otro cantón: no usa la LMU-20.
Documentos de la ficha que no salen del cálculo
La lista de gob.ec no se agota en el certificado estructural. El número de predio, la administración zonal, el contrato de disposición de tierras y escombros con la EPMGIRS u otra entidad autorizada, y el comprobante del formulario ESED son requisitos de la misma ficha. Si el proyecto supera 500 m², se añade el visto bueno de planos del Cuerpo de Bomberos. Esos papeles no los produce la memoria de cálculo. Confundirlos con el plano estructural alarga el trámite sin mejorar la estructura.
La ECP pide planos suscritos, con archivos digitales georreferenciados en AutoCAD versión 2004. Un PDF suelto o un modelo IFC no reemplaza ese archivo. El IFC sirve para coordinar arquitectura y estructura, como se explica en BIM en estructuras. El archivo que la entidad revisa es el que ella pide.
Tres datos para saber si la memoria entra
La página de ingeniería de la ECP condiciona la memoria de cálculo a la luz, a los niveles y al área. Para una primera lectura, siempre contrastada con esa página, bastan tres datos del proyecto:
- Luz máxima entre apoyos. Si supera 5,0 m, la memoria entra por esa condición.
- Número de pisos o niveles. Si supera 2, la memoria entra.
- Área bruta de construcción. Si supera 500 m², la memoria entra. El texto une pisos y área con “y/o”.
Una vivienda de dos pisos, luces de 4 m y menos de 500 m² puede quedar fuera de esa frase. Si además hay excavación de más de 3,0 m, pendiente mayor al 30 % o suelo inestable, el estudio geotécnico se exige por otra lista, aunque la memoria de la superestructura no lo esté. No mezclamos las dos listas: una es el cálculo de la estructura y otra es el suelo. El detalle del estudio está en estudio de suelos.
El certificado de conformidad lo emite la entidad colaboradora después de revisar. Nosotros entregamos el diseño estructural del alcance cotizado. No somos la ECP ni el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, y no emitimos la LMU-20.
Fuentes
- gob.ec, LMU-20 intervenciones mayores: ficha.
- ECP, ingeniería: ecp.ec/ingenieria.
- PAM Quito, ficha 374: FrmFichaTramite.
- NEC-SE-DS, portal del MIT.
Preguntas frecuentes
¿La memoria de cálculo se exige en toda vivienda de Quito?
No en todos los casos. La ECP indica memoria de cálculo estructural en estructuras que excedan 5,0 m de luz, o que superen los 2 pisos o niveles y/o los 500 m² de área bruta de construcción.
¿El certificado de la ECP es la licencia de construcción?
No. El certificado de conformidad es un requisito de la LMU-20. La licencia la emite el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
¿Una ampliación pide los mismos planos que una obra nueva?
La ECP pide, además, láminas separadas de la estructura existente, de la estructura ampliada y del reforzamiento si el calculista lo considera necesario, más un certificado notariado sobre la estructura existente cuando no hay licencia o certificados previos.